Los planes de igualdad en las empresas

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Los planes de igualdad en las empresas

La Ley 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, estableció la obligación de elaborar e implantar un plan de igualdad planes de igualdad en las empresas. En este sentido y al amparo de lo establecido en el Decreto 6/2019, el próximo 6 de marzo finaliza el plazo para la implantación de planes de igualdad en empresas de más de 250 trabajadores.Para poder elaborar un Plan de Igualdad, es necesario conocer qué es y cómo debe implantarse. Así, un Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas de igualdad y acciones positivas que persigue integrar el principio de igualdad entre mujeres y hombres en la empresa, siendo la primera de las fases para su correcta elaboración, la negociación y comunicación a los empleados de la voluntad de implantar un Plan de Igualdad y la realización de un diagnóstico previo de la empresa para poder conocer el estado en el que se encuentra.Una vez concluida la negociación y realizado el diagnóstico previo, es importante que la empresa y todos los empleados conozcan también, cuáles son los objetivos que quieren conseguir con la implantación del Plan de Igualdad. A modo ejemplificativo, se exponen algunos de los objetivos que deben ser comunes en todos los Planes de Igualdad: contribuir a la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral, tanto en trato como en oportunidades, garantizar la igualdad salarial de mujeres y hombres, favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, especialmente en puestos con predominancia del sexo femenino, etc.Teniendo en cuenta los objetivos que se fijen en el Plan de Igualdad, el mismo deberá elaborarse proponiendo y acordando medidas activas que faciliten la aplicación del principio de igualdad en todos los aspectos derivados de la empresa y relacionados con los empleados. Ahora bien, también debe tenerse en cuenta cuál es el contenido mínimo que exige la normativa para que un Plan de Igualdad pueda inscribirse. De esta forma, un Plan de igualdad debe hacer referencia a la contratación y selección de personal, a la formación de los trabajadores, a la clasificación y categorización profesional, a las condiciones laborales, a la representación femenina en la empresa, a la conciliación de la vida laboral, personal y familiar y a la prevención de acoso por razón de género.La siguiente fase será la inscripción del Plan de Igualdad en el Registro de Planes de Igualdad, que forma parte de los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo dependientes de la Direccion General de Trabajo. Tras su inscripción, habrá que esperar a que la Autoridad Laboral ordene su depósito, inscripción y publicación en el Boletín Oficial del Estado o de la Comunidad Autónoma, para comenzar la fase de implantación en la empresa.Desde Tourism & Law, se ofrece asesoramiento en la implantación de Planes de Igualdad en aras de ofrecer a nuestros clientes, tranquilidad y prevención en materia laboral.

Rosario Saldarriaga (Abogada T&L)